He extraído de un artículo del profesor Abdón Mateos, este contenido referido a las víctimas del franquismo. He intentado encontrar el enlace al artículo completo pero no ha sido posible. En aquel también se hablaba del exilio español en la posguerra. Creo que puede tener interés y por eso lo reproduzco aquí.
La dictadura de Franco tuvo en la represión y en el control social (la vigilancia de la población y la clasificación de la misma en desafectos e indiferentes) la principal clave de su supervivencia, alentando el recuerdo de la guerra civil e impidiendo la reconciliación entre los españoles. Esto no quiere decir que no existiera algún tipo de consenso, de supervivencia y acomodo a la dictadura, tras los duros años de posguerra. Aunque la dureza represiva de los años en los que España estuvo sometida al estado de guerra, hasta 1948, fue remitiendo con el transcurso del tiempo y la justicia militar fue sustituida por tribunales civiles desde 1963 salvo para los delitos de terrorismo, la dictadura basó su permanencia en la exclusión de los vencidos y, por tanto, en una política de la memoria de la guerra civil. Hasta 1969, por ejemplo, no prescribieron las responsabilidades políticas de la contienda y a los exiliados más destacados se les impidió regresar a España hasta después de la muerte de Franco.
La dictadura de Franco se asentó sobre la destrucción del orden republicano y la prohibición de todas las libertades democráticas. La liquidación de ese orden democrático se realizó mediante lo que Paul Preston ha caracterizado como una consciente inversión de terror. Terror que después del final de la guerra civil todavía quitó la vida a unas 40.000 personas de la demonizada anti-España. Ministros, diputados, dirigentes de partidos y sindicatos, maestros, funcionarios, intelectuales; pero, sobre todo, campesinos sin tierra y jornaleros, fueron víctimas de una espiral de terror sin precedentes.
Se trataba de un terror indiscriminado para, primero, desarticular la resistencia del enemigo y, luego, proceder a una masiva represión, sobre las personas que habían ocupado parcelas de poder, que permitiera una purga de la sociedad republicana.
Cifras terribles que, según el balance de Santos Juliá, se unían a los 90.000 fusilados partidarios del Frente Popular durante la guerra y los 60.000 del bando franquista. Esta represión fue especialmente dura en provincias como Sevilla, Córdoba, Badajoz y Zaragoza. Por ejemplo, la propia delegación de orden público de Sevilla elaboró un macabro censo de 8.000 fusilados y 2.000 desaparecidos durante los dos primeros años de guerra civil.
Las pérdidas de vida de la posguerra a causa de la represión directa se vieron incrementadas por las muertes por enfermedades asociadas al hambre, como la tuberculosis. Por ejemplo, entre 1940 y 1942 murieron a causa de esta enfermedad unas 78.000 personas.
A los consejos de guerra sumarísimos por rebelión militar que, al menos eliminaban la violencia arbitraria del período bélico, se sumaron otros instrumentos represivos como:
- La Ley de Responsabilidades Políticas de febrero de 1939, con efectos retroactivos hasta octubre de 1934.
- La Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo, de marzo de 1940.
- La Ley de Seguridad del Estado de marzo de 1941 y
- La Ley de represión del Bandidaje y el Terrorismo de Abril de 1947.
Estas dos últimas Leyes fueron los instrumentos principales para la desarticulación de toda resistencia de los supervivientes durante la posguerra. Por ejemplo, la Ley de Seguridad del Estado condenaba a muerte a todo aquel que se resistiera por las armas, y a penas entre 8 y 30 años al que “ejecutare actos directamente encaminados a sustituir por otro el Gobierno de la Nación”.
Estos 40.000 ejecutados de posguerra, en muchos casos acusados por el expediente de una presunta “responsabilidad colectiva” en crímenes de la guerra, era la punta del iceberg de una población reclusa que en 1939 estuvo cerca de los 300.000 presos. Cifras que se irían reduciendo: 270.719 en 1940, 159.392 en 1942, 74.095 en 1944, 30.610 en 1951 y 19.659 en 1956.
Por su lado, los internados en campos y batallones de trabajadores se redujeron en la segunda mitad de 1939 de 157.000 a 90.000. Era una población reclusa compuesta mayoritariamente por jornaleros de la tierra. En 1943 de los 6.347 presos confinados en colonias penitenciarias 3.981 era jornaleros. Hacia 1952 estaban fuera de prisión la mayor parte de los presos de la guerra. En realidad, tras el indulto de octubre de 1945 se produjo una liberación masiva de presos.
El Nuevo Estado del 18 de Julio, la España nacional-sindicalista querida por los falangistas, prohibió los partidos políticos y sindicatos, derogó los estatutos de autonomía de Cataluña y el País Vasco, declaró ilegales las huelgas y estableció una férrea censura. El matrimonio civil y el divorcio fueron suprimidos, se limitó la libertad religiosa, la mujer fue relegada a una minoría de edad legal y la homosexualidad fue perseguida mediante la Ley de vagos y maleantes (1954).
Además de los encarcelados en España, hay que tener en cuenta que cerca de medio millón de españoles había tomado el camino del exilio aunque, tras los retornos forzados por el comienzo de la guerra mundial, las cifras de los refugiados se estabilizarían en torno a los 150.000. Una vez finalizada la contienda mundial, un nuevo ciclo migratorio, a medio camino entre las motivaciones políticas y económicas, alimentaría el balance cuantitativo del exilio. Por ejemplo, en 1949, al reabrirse la frontera francesa más de diez mil españoles tomaron el camino del exilio.
De las cárceles al control policial
Aparte de los represaliados a causa de la guerra civil, las cárceles enseguida empezaron a ser depositarias de las víctimas del antifranquismo de posguerra. Por ejemplo, según las estadísticas de la Guardia Civil, entre 1943 y 1949 la guerrilla trajo consigo la muerte de 3.000 personas y cerca de 22.000 encarcelados. Entre 1946 y 1949 fueron detenidos por la brigada político-social acusados de actividades antifranquistas unas 8.000 personas. Todavía, según Ballbé, las sentencias de Tribunales Militares en los años centrales de la década de los cincuenta fueron de un millar por año.
A la privación de libertad o la incautación de bienes por el Tribunal de Responsabilidades Políticas habría que añadir las miles de depuraciones de funcionarios del Estado, cuyas víctimas principales fueron los maestros, y los innumerables despidos y desahucios de arrendatarios de la tierra. La libertad de movimientos de las personas también se vio restringida. Cerca de la cuarta parte de los antiguos presos en libertad condicional fueron desterrados de su lugar habitual de residencia al mismo tiempo que se exigía todo tipo de salvoconductos para poder circular libremente de una localidad a otra.
Una vez consolidada la dictadura y liquidada la resistencia de los supervivientes de la guerra civil, las cifras de la represión fueron mucho más moderadas. Por ejemplo, Manuel Ballbé ha establecido 5.040 condenas de Tribunales Militares entre 1954 y 1959, existiendo unos 6.000 presos políticos al finalizar la década de los cincuenta.
El crecimiento de las protestas sociales, la apertura exterior y la diversificación de las formaciones opositoras tuvo una traducción en la política represiva de la dictadura. Fue, sobre todo, tras las huelgas de 1962 cuando el régimen hubo de abordar la reforma de las leyes represivas. En 1959 se había promulgado una nueva Ley de Orden Público y en 1960 un decreto-ley contra actividades terroristas, pero la nueva legislación no resolvía el hecho de que los denominados delitos contra la seguridad interior del Estado fueran encomendados a la jurisdicción militar. En efecto, todavía estaba vigente la Ley de 1940 para la represión de la masonería y del comunismo que tipificaba como rebelión militar los delitos anteriores.
El resurgimiento de una nueva oposición y la protesta social trajo consigo la detención de 1.698 personas en 1956 y cerca del millar con motivo del estado de excepción de 1969. El número de presos políticos penados (condenados tras una sentencia judicial) durante los primeros años sesenta fue menor de mil entre 1963 y 1973, aunque el secretario general de UGT en el exilio contabilizó unos 5.000 opositores encarcelados entre 1958 y 1971. Por otro lado, el Tribunal de Orden Público, establecido en 1963 para sustituir a la jurisdicción militar en delitos de propaganda y asociación ilegal, emitió unas 300 sentencias por año entre 1969 y 1972, alcanzándose las 500 durante los tres últimos años de la dictadura de Franco. En 1974 el TOP abrió unos 1.400 sumarios que inculpaban a unas 6.000 personas, obreros en su mayor parte. Unos obreros que fueron objeto también de despidos y desposesiones de cargos sindicales electivos. Por ejemplo, en 1972 fueron desposeídos 17.000 enlaces sindicales por extinción de contrato.
El balance de la Dirección General de Seguridad para 1962, sin contar con los 996 huelguistas detenidos, ofrecía un total de 1.442 antifranquistas encarcelados. Un cifra que superaba a los 1.356 opositores detenidos en 1948 aunque no las del bienio de la esperanza de 1946-47: 2.137 y 3.899 encarcelados cada año.
Durante los primeros meses de 1963 más de un centenar de activistas de la oposición, sobre todo del FLP y del PCE, fueran sometidos a consejos de guerra sumarísimos. En otros casos los opositores eran enjuiciados por un tribunal de actividades extremistas o por juzgados especiales para delitos de propaganda ilegal. Esta anómala situación, unida al escándalo internacional asociado al caso Grimau, condujo a que en mayo de 1963 el Gobierno de Franco aprobara la creación del tristemente famoso Tribunal de Orden Público (TOP). Más de 8.000 españoles pasaron por las salas del TOP hasta 1976. A partir de la creación del TOP la jurisdicción militar quedó reducida a los delitos de terrorismo. Por ejemplo, tres meses después del fusilamiento de Grimau eran sometidos a consejo de guerra y ajusticiados mediante el horroroso garrote vil. Los anarquistas Delgado y Granados, acusados de la colocación de unos explosivos. De hecho, los años centrales del decenio de los sesenta (hasta 1968) fueron los únicos de la trayectoria del régimen de Franco libres de procesos políticos ante la jurisdicción militar.
Otro expediente represivo era la suspensión de artículos del Fuero de los Españoles y la consiguiente declaración del estado de excepción. Con motivo del estado de excepción de enero de 1969 cerca de un millar de españoles fueron detenidos o deportados. La aplicación de esta medida fue bastante frecuente en el País Vasco durante la última década de la dictadura. La represión no sólo se limitaba a la de carácter policial, pues otras instituciones del régimen como la Organización Sindical desposeyeron de sus cargos a miles de representantes sindicales.
No obstante, desde los años sesenta hubo una graduación de las medidas represivas. Por ejemplo, las actividades de los movimientos sociales de carácter obrero o estudiantil no podían conducir en todo momento a la prisión. Por otro lado, la política represiva empezó a distinguir entre las formaciones opositoras tolerando, en muchos casos, la actividad de las más moderadas. Esta graduación represiva permitió el paso desde la clandestinidad a la mera ilegalidad, controlada policialmente. Esta evolución llevó a que el profesor Linz estableciera una distinción entre oposición ilegal, oposición alegal y semioposición. Sin embargo, hubo un recrudecimiento de la represión entre 1967 y 1973, período que coincidió con el apogeo del poder del almirante Carrero Blanco. Durante esos años no fue infrecuente, por ejemplo, que manifestaciones o huelgas acabaran con varias víctimas mortales.
Imprimir
No hay comentarios:
Publicar un comentario